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Derecho e Inteligencia Artificial



 


Por: Alejandro A. Moscoso Segarra

Recientemente tuve el honor de coordinar un panel en el marco de la celebración del World Law Congress, el evento más importante a nivel global sobre aspectos jurídicos y judiciales realizado por primera vez en nuestro país, con la presencia de juristas de todo el planeta. El panel que nos correspondió articular se realizó en el foro sobre los desafíos digitales que tiene el derecho en la era del conocimiento, estos temas fueron: Implicaciones Legales y Éticas de la IA; La Enseñanza del Derecho y la IA; Tecnología, Privacidad y Ciberseguridad; Innovaciones en el uso de la IA, y la IA en la Práctica Jurídica.



En este breve espacio quiero señalar las principales conclusiones a que llegaron los expertos en derecho y tecnología, en los distintos paneles sobre el impacto de la IA en los diferentes ámbitos del derecho.


Con relación a “La ética y la IA” se concluyó que la relación entre Derecho e IA plantea cuestiones normativas y éticas que requieren atención urgente y una regulación adecuada, enfatizando que el uso ético de la IA debe integrarse al marco jurídico, partiendo de que no todo lo que la tecnología permite es jurídicamente aceptable. La norma no solo debe regular la IA desde un punto de vista técnico, sino también ético .Es un compromiso de los juristas participar activamente en la creación de un marco normativo que garantice un desarrollo tecnológico justo, como ha ocurrido en la Unión Europea con la Ley de Inteligencia Artificial, que establece normas para el desarrollo y uso de sistemas de IA según su nivel de riesgo, armonizando la innovación tecnológica con la protección de las garantías de derechos fundamentales.



De las exposiciones de los expertos en el panel “Tecnología, Privacidad y Seguridad”, se desprende que cada clic en redes sociales deja rastros, que son utilizados por las compañías tecnológicas para ofrecer servicios personalizados sin el consentimiento del usuario. Indicaron que la ciberseguridad no es solo un tema técnico, sino también una prioridad estratégica, concluyendo que el avance tecnológico es una realidad, pero no debe afectar nuestra privacidad y seguridad. Es vital encontrar un equilibrio en la IA que nos permita disfrutar de las ventajas de la innovación, sin abandonar nuestros derechos fundamentales.


El tercer panel, “IA y Educación Jurídica”, llegó a la conclusión, en sentido general, de que la educación jurídica está en un punto de inflexión crucial, partiendo de que la digitalización transforma la manera en que accedemos, procesamos y aplicamos la información. El reto es reenfocar el paradigma pedagógico tradicional, integrando las herramientas digitales, la inteligencia artificial y los nuevos modelos de aprendizaje participativo a las aulas jurídicas, donde el estudiante tiene un rol activo en la construcción del conocimiento.


El cuarto panel, titulado “La Innovación en el uso de la IA”, enfatizó en la IA como herramienta jurídica, considerando que en los últimos años la tecnología se ha utilizado para apoyar el ejercicio de juristas, jueces y fiscales; destacaron la posibilidad de que algunos programas de análisis predictivo pueden contribuir a estimar resultados judiciales basados en precedentes, softwares que agilizan la redacción de contratos, poniendo como ejemplo la firma digital, así como la revisión de grandes cantidades de documentos legales, resaltando el impacto que la IA puede tener en el aumento de la eficiencia en la gestión judicial.



El último panel en el marco de este trascendente foro fue relativo a la IA y la práctica jurídica. En este se planteó cómo la IA está transformando la forma de trabajar y relacionarnos. Señalaron que el derecho enfrenta el reto de adaptarse a nuevas realidades tecnológicas que no se adecuan fácilmente en los marcos jurídicos tradicionales. Por ejemplo, la implementación de asistentes virtuales, hasta algoritmos de decisión automatizada.


De igual forma se abordó en este panel los sistemas de reconocimiento facial y los riesgos que pueden generar sesgos existentes si no se no regula y supervisan correctamente la herramienta. Indicaron cómo los sistemas de reconocimiento facial pueden generar violaciones a la intimidad y discriminación. Concluyeron que la norma enfrenta el desafío de adaptar figuras de ámbito de la responsabilidad civil y penal a situaciones en que las decisiones ya no son humanas, sino algorítmicas.


De estos interesantes espacios de debates llegamos a la conclusión de que la tecnología disruptiva que nos trajo la cuarta revolución industrial exige una detenida reflexión jurídica. Es indudable que el ámbito jurídico debe avanzar para garantizar que el uso de la inteligencia artificial sea útil a la gestión judicial, haciendo más expeditos y transparentes los procesos judiciales, siempre en el marco del respecto de los derechos fundamentales y el estado de derecho.



Reiteramos nuestras felicitaciones a la World Jurist Association y a la Universidad del Caribe por la estupenda organización de este evento jurídico mundial, sin precedente en nuestro país.


El autor es Decano de la Facultad de Humanidades, Unapec

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