La Direcci贸n General de Impuestos Internos (DGII) liber贸 del pago el segundo anticipo del Impuesto Sobre la Renta (ISR), generado por la declaraci贸n jurada del ejercicio fiscal 2019, a las personas f铆sicas y a las sucesiones indivisas con actividades no comerciales e industriales, que deb铆an presentar la declaraci贸n jurada del tributo mediante el formulario IR-1, de ingresos hasta RD$8.7 millones.
La medida fue adoptada mediante la resoluci贸n DGD- AR1-2020-00002, en atenci贸n a los lineamientos del Gobierno Central de continuar con la desgravaci贸n impositiva, ante a los efectos que la pandemia del Covid-19 ha ocasionado a la econom铆a nacional.
La entidad recaudadora informa que la medida tambi茅n abarca a los contribuyentes que presenten una reducci贸n de sus ingresos significativa durante el a帽o 2020 respecto al 2019, quienes podr谩n solicitar la exenci贸n total o parcial de los anticipos. Los contribuyentes interesados solo deber谩n completar un formulario, “indicando los motivos que justifican la solicitud que deber谩 ser remitida al correo electr贸nico de la administraci贸n local correspondiente, con al menos 15 d铆as de anterioridad al vencimiento de este”, dice la DGII.
Para demostrar la disminuci贸n de los ingresos, ya sea por cierre de su negocio o la p茅rdida significativa de clientes, el contribuyente tendr谩 que presentar, junto a su solicitud, un cuadro comparativo de los ingresos percibidos en el a帽o y los mismos per铆odos del ejercicio fiscal anterior, constancias de suspensi贸n de contrato de alquiler, de de contratos laborales y de contrato de servicios (electricidad y comunicaci贸n).
OTRAS MEDIDAS
Cierre.
Tambi茅n, se dispuso de un acuerdo de pago autom谩tico del ISR para las empresas con cierre de ejercicio fiscal al 31 de marzo del 2020.
Marbetes
Posterg贸 para noviembre la renovaci贸n de marbetes 2020-2021.
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