El pr贸ximo lunes quedan libres de toque de queda el Distrito Nacional y la provincia La Altagracia, pero se requiere de permisos especiales para la celebraci贸n de actividades que impliquen aglomeraciones de personas.
La disposici贸n est谩 contenida en el decreto 477-21 emitido anoche por el presidente Luis Abinader, el cual establece que el levantamiento del toque de queda para las localidades citadas, se inicia a partir de las 5:00 de la ma帽ana del d铆a 9 del presente mes.
“En el resto del territorio nacional se mantienen vigentes el toque de queda y las dem谩s medidas dispuestas en los decretos n煤m. 419-21 y n煤m. 432-21”, indica la disposici贸n presidencial.
De igual forma, se proh铆be la venta y el consumo de bebidas alcoh贸licas en lugares p煤blicos y privados de uso p煤blico todos los d铆as de 12:00 de lanoche a 5:00 de la madrugada. “Se requieren permisos especiales para la celebraci贸n de actividades que impliquen aglomeraci贸n, sin importar el lugar de que se trate, los cuales ser谩n otorgados por las autoridades del sector correspondiente, en coordinaci贸n con el Ministerio de Salud P煤blica y Asistencia Social”, aclara la disposici贸n.
Precisa que los establecimientos p煤blicos y privados de uso p煤blico, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podr谩n recibir personas solamente hasta el 75% de la capacidad total de sus instalaciones, siempre en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Establece que los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, podr谩n ser utilizados por las personas en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
En el art铆culo tres el decreto instruye que para el cumplimiento de las medidas sucesivas al toque de queda, los representantes locales del Poder Ejecutivo en la provincia La Altagracia y el Distrito Nacional, deben vigilar el cumplimiento de las medidas dispuestas, de conformidad con las directrices del Ministerio de Salud P煤blica.
Se recuerda que mediante los decretos 419-21 y 432-21 el gobierno inici贸 y confirm贸, respectivamente, el Plan de Flexibilizaci贸n de las Medidas Restrictivas por la COVID19, cuya tercera fase se est谩 implementando desde el 21 de julio del presente a帽o, momento a partir del cual el Distrito Nacional y las distintas provincias son considerados para el levantamiento del toque de queda cuando por lo menos el 70% de sus poblaciones haya recibido la segunda dosis de la vacuna.
Fuente: Listin Diario.
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